Hechos sancionables en los tiempos de conducción
FALTAS MUY GRAVES:
Sanciones desde 3.301 a 4.600 €
- El exceso superior al 50 por ciento en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida*
FALTAS GRAVES:
Sanciones desde 1.501 a 2.000 €
- El exceso superior al 20 por ciento en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida, salvo que dicho exceso deba ser considerado infracción muy grave, de conformidad con lo previsto en el artículo 140.20. *
FALTAS LEVES:
Sanciones desde 301 a 400 €
- El exceso en los tiempos máximos de conducción o de la conducción ininterrumpida, salvo que deba ser considerado infracción grave o muy grave. **
* Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción.
** Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera, siempre que la distancia que todavía deba recorrer el vehículo para alcanzar su destino sea superior a 30 kilómetros, deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de a infracción.